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Preguntas frecuentes

¿Qué es un canal de denuncias?

Es un mecanismo formal y estructurado a través del cual empleados, colaboradores, clientes y terceros pueden reportar, de manera confidencial, conductas o prácticas que consideren contrarias a la ética, los valores o las normativas que rigen nuestra organización

¿Por qué hay que tener un canal de denuncias?

El pasado 21 de febrero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (“Ley 2/2023”). Responde a la obligación impuesta al legislador español de transponer la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión La Ley 2/2023, que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva de Whistleblowing, pretende reforzar la cultura de cumplimiento de las entidades públicas y privadas mediante la protección de los denunciantes que informen sobre infracciones conocidas en el contexto laboral o profesional.

¿Quién está obligado legalmente a disponer de una canal de denuncia?

Obliga a implementar canales internos de información a las entidades públicas y a las privadas de 50 o más trabajadores/as (entre otras), que deberán cumplir determinadas características y garantías mínimas. En el ámbito público : Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes. • Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.). • Universidades públicas. • Corporaciones de Derecho Público. • Fundaciones del sector público. • Sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente. • Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos. En el ámbito privado: • Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más trabajadores. • Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente. • Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos.

¿Cuál es el plazo para implantar el canal de denuncia?

El plazo máximo de implementación de los sistemas internos de información será de 3 meses a partir de la entrada en vigor de la ley (i. e., hasta el 13 de junio de 2023). Excepcionalmente, las entidades con más de 50 empleados/as y menos de 250 tendrán hasta el 1 de diciembre de 2023 para cumplir con la normativa.

¿Qué se puede denunciar en un canal de este tipo?

Hechos delictivos e infracciones administrativas graves o muy graves

¿A quién protege la Ley 02/2023 de protección al denunciante?

A cualquier persona que en un contexto laboral o profesional haya obtenido información sobre presuntas infracciones, ya sea en el sector público o en el privado. La protección no se circunscribe a los empleados de los sujetos obligados, sino también a cualquier otra persona que, en el ejercicio profesional o en el marco de la prestación de servicios, haya interactuado con dichos sujetos

¿Las denuncias son confidenciales?

Totalmente, todo el proceso es confidencial y se garantiza la confidencialidad y el cumplimiento estricto de la normativa de protección de datos, así como se respeta la intimidad y honorabilidad de las personas.

¿Las denuncias pueden ser anónimas?

Sí, el canal ofrece la posibilidad de realizar una denuncia de forma anónima o no.

¿Se pueden realizar denuncias verbales?

Sí, en la herramienta puedes volcar un archivo de audio, si lo necesitas

¿Quién puede realizar una denuncia en nuestro canal?

Empleados públicos o de empresas privadas, trabajadores por cuenta ajena; autónomos; accionistas, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de una entidad; voluntarios, becarios y trabajadores en períodos de formación; y cualquier persona que trabaje para contratistas, subcontratistas y proveedores

¿Qué puede pasar si se realizan imputaciones falsas a través del canal de denuncias?

Si un empleado utiliza el canal de denuncias de la empresa y realiza una denuncia falsa, se puede enfrentar a consecuencias legales. Según el artículo 456 del Código Penal español, si se imputa un delito grave se castiga con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses.

¿Quién debe realizar la implantación de un canal de denuncias?

En lo que se refiere a la implementación, la responsabilidad recae en el órgano de administración o de gobierno de cada entidad, que deberá seguir un trámite de consulta con los representantes legales de los trabajadores a tal efecto y tendrá la condición de responsable del tratamiento de los datos personales del sistema interno de información.

¿Quién puede gestionar un canal de denuncias en la empresa?

En lo que respecta a la gestión del sistema y la tramitación de las comunicaciones, las entidades deberán contar con un responsable del sistema interno de información, que deberá ser específicamente designado por el órgano de administración o de gobierno.

¿Qué requisitos debe cumplir una sistema de información interno como un canal de denuncias?

El sistema interno de información constituirá el cauce preferente para la comunicación y tramitación de denuncias Los principios esenciales del sistema interno de información pueden sintetizarse en los siguientes: • Garantía de confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado, así como del tratamiento de la información y su investigación. • Garantías frente a la adopción de represalias. • Respeto al principio de presunción de inocencia y derecho de defensa de las partes afectadas. • Garantía de independencia, imparcialidad y ausencia de conflictos de interés. • Tramitación efectiva de las comunicaciones.

¿Cuál es el procedimiento para gestionar denuncias?

Debe identificar los canales internos e informar sobre los canales externos y organismos responsables nacionales y europeos. Acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días naturales, salvo que ponga en riesgo la confidencialidad. El plazo de investigación no puede ser superior a 3 meses, salvo complejidad especial, que se podría ampliar a otros 3 meses. Posibilidad de interlocución con el informante por si fuera necesario recabar más información. El denunciado debe tener la oportunidad de ser escuchado acerca de los hechos de los que se le acusa. Confidencialidad y honorabilidad de las personas afectadas. Protección de los datos personales de todos los implicados. Asegurar la remisión al Ministerio Fiscal si existen indicios de delito o, en caso de que afecte a los intereses financieros de la UE, se debe remitir a la Fiscalía Europea.

¿Se puede externalizar la gestión de un canal de denuncias?

El sistema de información contará con un canal interno para la gestión de las comunicaciones, con la posibilidad de externalizarlo a través de un tercero, que deberá ofrecer garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones, y que tendrá la consideración de encargado del tratamiento a efectos de la legislación sobre protección de datos personales. En todo caso, la gestión por un tercero externo no podrá suponer un traslado de las obligaciones atribuidas al responsable del sistema en persona distinta.

¿Dónde se ubica el canal de denuncia?

Las entidades que cuenten con una página web deberán incluir en su página de inicio (en una sección separada y fácilmente identificable) información clara y accesible sobre el uso de todo canal interno de información que hayan implantado, así como sobre los principios esenciales del procedimiento de gestión. De igual manera, los sujetos obligados deberán disponer de un libro-registro de las comunicaciones recibidas y las de investigaciones realizadas. Dicho registro no será público y únicamente podrán acceder a él los jueces y tribunales en el marco de un procedimiento judicial.

¿Qué sanciones prevé la Ley por su incumplimiento?

En caso de incumplimiento o implementación deficiente de los sistemas de información, las entidades podrían enfrentarse a sanciones que, podrían alcanzar: Multas de hasta 1.000.000 de euros para las personas jurídicas y 300.000 euros para las personas físicas. Amonestaciones públicas. Prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo de 4 años. Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo de 3 años.

¿Puede un grupo de empresas disponer de un sólo canal de denuncias?

Sí, si se cumplen las condiciones que marca la normativa. La Ley establece los siguiente: Si el grupo de empresas no suman más de 249 personas trabajadoras, podrán compartir medios, es decir, un único canal de denuncias y un único responsable interno. Si el grupo de empresas superan las 249 personas trabajadoras deberán de contar con una canal de denuncias independiente por cada empresa, así como, responsables internos.

¿En cuanto tiempo puede tener disponible mi canal de denuncias?

En 24 horas desde el abono del plan elegido

¿Hay que registrar el canal de denuncias?

A nivel estatal no, pero sí a nivel autonómico. Por ejemplo, Andalucía, Cataluña y la Comunidad Valenciana ya cuentan con dicha autoridad independiente. La autoridad independiente de protección al informante cumple dos funciones principales: dar soporte a todas las empresas que tengan dudas y servir como canal externo.

¿Qué necesitamos para poner en marcha un canal de denuncias?

Un protocolo de uso y actuación y darlo a conocer

No sé por donde empezar, ¿puede Sensibiliza S.L. encargarse de todo?

Sí con la opción Premium nosotros nos encargamos de todo, teniendo en cuenta que siempre tienen que haber una persona interna que realice la investigación y las entrevistas

¿El pago es anual o mensual?

Los precios que aparecen en la web son mensuales para pagos anuales, se realiza un sólo pago anual. Los precios no incluyen IVA 21%